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  • Foto del escritorAndrés H Valencia

La DIAN realizó una cuarta adición a su Concepto General sobre el SIMPLE

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Oficio No. 100208192-154 del 5 de marzo de 2024, con el cual realizó una cuarta adición a su Concepto General sobre el régimen simple de tributación (SIMPLE) con motivo de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria).



En esta ocasión, la DIAN absolvió consultas relacionadas con los efectos de la Sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional, la cual declaró inexequibles algunas disposiciones de la Ley 2277 de 2022 relacionadas con el SIMPLE para quienes tienen como actividad económica la educación, la atención de la salud humana y asistencia social, servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

Así bien, la DIAN aclaró, entre otras cosas, lo siguiente:

  1. Las personas que presten servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos servicios de profesiones liberales, que en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos superiores a 12.000 UVT, pero inferiores a 100.000 unidades de valor tributario (UVT) – cumpliendo con los demás requisitos para el efecto-, pueden ser sujetos pasivos del SIMPLE para el año gravable 2023.

  2. Una persona que preste servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos servicios de profesiones liberales, que percibió ingresos inferiores a 12.000 UVT, NO puede ser sujeto pasivo de este régimen. Simplemente deberá presentar la declaración consolidada en el año 2024 para el año gravable 2023.

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Decisión DIAN Régimen Simple
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